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Enfoques ortodoxos y heterodoxos del bienestar. Un análisis comparativo de sus características y de los supuestos que conforman su marco normativo

Orthodox and heterodox approaches to welfare/wellbeing. A comparative analysis of its characteristics and the assumptions that make up its normative framework

Abordagens ortodoxas e heterodoxos do bem-estar. Uma análise comparativa de suas caracteristicas e dos pressupostos que conformam seu marco normativo

Eugenio Actis Di Pasquale
GrET-CIEyS-FCEyS-UNMdP, Argentina

Enfoques ortodoxos y heterodoxos del bienestar. Un análisis comparativo de sus características y de los supuestos que conforman su marco normativo

Cuadernos de Economía Crítica, vol. 7, núm. 13, pp. 151-175, 2021

Sociedad de Economía Crítica

Recepción: 13 Septiembre 2019

Aprobación: 10 Julio 2020

Resumen: En este artículo pretendemos determinar aquellos enfoques teórico-filosóficos del bienestar que son compatibles con los ideales de equidad, justicia y libertad, es decir, lo que se entiende como fines generales de toda política económica. Asimismo, que reconozcan en su marco normativo a la diversidad humana y la participación activa de las personas en el proceso de desarrollo. Para ello, realizamos un doble análisis comparativo de los distintos enfoques que conviven en la actualidad: la economía del bienestar, el igualitarismo liberal, el enfoque de las necesidades humanas y el de las capacidades. El primer examen procura reconocer las diferencias respecto a la métrica, criterio distributivo y la integración de la dimensión social. En cambio, el segundo compara los supuestos ontológicos, epistemológicos y éticos de cada marco normativo.

Palabras clave: capacidades, necesidades humanas, marco normativo, capacidades, necesidades humanas, marco normativo.

Resumen: En este artículo pretendemos determinar aquellos enfoques teórico-filosóficos del bienestar que son compatibles con los ideales de equidad, justicia y libertad, es decir, lo que se entiende como fines generales de toda política económica. Asimismo, que reconozcan en su marco normativo a la diversidad humana y la participación activa de las personas en el proceso de desarrollo. Para ello, realizamos un doble análisis comparativo de los distintos enfoques que conviven en la actualidad: la economía del bienestar, el igualitarismo liberal, el enfoque de las necesidades humanas y el de las capacidades. El primer examen procura reconocer las diferencias respecto a la métrica, criterio distributivo y la integración de la dimensión social. En cambio, el segundo compara los supuestos ontológicos, epistemológicos y éticos de cada marco normativo.

Palabras clave: capacidades, necesidades humanas, marco normativo, capacidades, necesidades humanas, marco normativo.

Abstract: In this article we intend to determine those theoretical-philosophical approaches to welfare and well-being that are compatible with the ideals of equity, justice and freedom, that is, what is understood as general aims of any economic policy. Also, to recognize in their normative framework human diversity and the active participation of people in the development process. To this end, we carry out a double comparative analysis of the different approaches that coexist today: the economy of welfare, liberal egalitarianism, the approach of human needs and that of capabilities. The first review seeks to recognize differences in metrics, distributive approaches and the integration of the social dimension. The second, on the other hand, compares the ontological, epistemological and ethical assumptions of each normative framework.

Keywords: capabilities, human needs, normative framework, capabilities, human needs, normative framework.

Resumo: Neste artigo pretendemos determinar aquelas abordagens teórico-filosóficas do bem-estar que são compatíveis com os ideais de equidade, justiça e liberdade, ou seja, o que se entende como fins gerais de toda política econômica. Além disso, que reconheçam no seu marco normativo a diversidade humana e a participação ativa das pessoas no processo de desenvolvimento. Para isso, realizamos uma dupla análise comparativa das diferentes abordagens que convivem na atualidade: a economia do bem-estar, o igualitarismo liberal, o enfoque das necessidades humanas e o das capacidades. O primeiro exame procura reconhecer as diferenças em relação à métrica, critério distributivo e a integração da dimensão social. Em contrapartida, o segundo compara os pressupostos ontológicos, epistemológicos e éticos de cada marco normativo.

Palavras-chave: capacidades, necessidades humanas, marco normativo, capacidades, necessidades humanas, marco normativo.

Abstract: In this article we intend to determine those theoretical-philosophical approaches to welfare and well-being that are compatible with the ideals of equity, justice and freedom, that is, what is understood as general aims of any economic policy. Also, to recognize in their normative framework human diversity and the active participation of people in the development process. To this end, we carry out a double comparative analysis of the different approaches that coexist today: the economy of welfare, liberal egalitarianism, the approach of human needs and that of capabilities. The first review seeks to recognize differences in metrics, distributive approaches and the integration of the social dimension. The second, on the other hand, compares the ontological, epistemological and ethical assumptions of each normative framework.

Keywords: capabilities, human needs, normative framework, capabilities, human needs, normative framework.

Resumo: Neste artigo pretendemos determinar aquelas abordagens teórico-filosóficas do bem-estar que são compatíveis com os ideais de equidade, justiça e liberdade, ou seja, o que se entende como fins gerais de toda política econômica. Além disso, que reconheçam no seu marco normativo a diversidade humana e a participação ativa das pessoas no processo de desenvolvimento. Para isso, realizamos uma dupla análise comparativa das diferentes abordagens que convivem na atualidade: a economia do bem-estar, o igualitarismo liberal, o enfoque das necessidades humanas e o das capacidades. O primeiro exame procura reconhecer as diferenças em relação à métrica, critério distributivo e a integração da dimensão social. Em contrapartida, o segundo compara os pressupostos ontológicos, epistemológicos e éticos de cada marco normativo.

Palavras-chave: capacidades, necessidades humanas, marco normativo, capacidades, necessidades humanas, marco normativo.

Introducción

El bienestar de la población representa el fin último de la política económica (Cuadrado Roura, 2010) en consonancia con la equidad, la libertad y la justicia (Jané Solá, 1974). Esto no significa que estos conceptos sean considerados como fines en sí mismos. En rigor, ese es el lugar que ocupan en un esquema de política económica mediante el cual se eligen o determinan algunos instrumentos para cumplir con ciertos objetivos. Estos, además, persiguen de modo implícito o explícito una serie de fines generales, entre los que se encuentra el bienestar social.

Sin embargo, si nos preguntamos qué es el bienestar, la definición misma del constructo resulta compleja. Siguiendo a Moix Martínez (1992: 179), con este concepto ocurre lo que mismo que con “…el tiempo en el sentir de aquel gran filósofo de la antigüedad. Quid est ergo tempus? se preguntaba San Agustín, y se respondía: Si nemo ex me quaerat, scio; si quaerenti explicare velim, nescio -¿qué es, pues, el tiempo? Si nadie me lo pregunta, lo sé; pero si quiero explicárselo a quien me lo pregunta, pues no lo sé”.

En las ciencias sociales conviven numerosas concepciones del bienestar que presentan un alto grado de disenso, ya que parten de concepciones ontológicas, epistemológicas y éticas que son heterogéneas entre sí. En este sentido, el abordaje de la realidad social a través de un enfoque llevará a evaluaciones disímiles desde otra perspectiva.

Así, por ejemplo, en el habla inglesa, bienestar se escribe tanto como welfare o well-being, conceptos que en la discusión filosófica adquirieron diferentes significados (Nussbaum y Sen, 1996). El welfare es un concepto de bienestar restringido, dado que está directamente relacionado con el aprovisionamiento de bienes, pero no se suele decir nada sobre si tal disponibilidad es la que cada persona puede asimilar y con ello garantizar un adecuado funcionamiento. Abarca las teorías que postulan como elemento primordial la satisfacción de necesidades o placer -utilitaristas- y aquellas que afirman que los bienes, mercancías o recursos que controla una persona son lo importante. Con respecto al well-being, es utilizado por los autores que entienden el bienestar “ampliamente definido”, es decir, no limitado a la concepción economicista del término, ya que hacen referencia a aspectos como capacidades, oportunidades o ventajas.

En este trabajo pretendemos determinar aquellos enfoques teórico-filosóficos que integren los ideales de equidad, justicia y libertad, reconociendo la diversidad humana y su participación activa en el proceso de desarrollo. Para ello, analizamos comparativamente los principales enfoques que conforman el debate del bienestar de los últimos años: la economía del bienestar, el igualitarismo liberal, el enfoque de las necesidades humanas y el enfoque de las capacidades. El primero como enfoque del welfare y perteneciente a la corriente ortodoxa de la economía. El resto, como concepciones del well-being, aunque como veremos, presentan sus matices.

Optar por esta dirección de análisis de las teorías del bienestar humano que surgen desde el mundo occidental no supone desconocer el contenido de los debates en torno al posdesarrollo[1]. Por ejemplo, el sumak kawsay (en quechua), suma qamaña (en aymara) o buen vivir (en español), que nace de la experiencia de vida colectiva de los pueblos y nacionalidades indígenas, también se sustenta en algunos principios filosóficos universales: aristotélicos, marxistas, ecológicos, feministas y humanistas (Acosta, 2010), algunos de los cuales son explorados en este artículo. De hecho, quienes adhieren al buen vivir sostienen que el verbo to be de la palabra well-being significa ser y estar. Por ende, en la traducción al español se estaría omitiendo toda mención al ser como parte fundamental de la vida (Ramírez Gallegos, 2008: 387).

El trabajo está organizado en secciones. En principio, presentamos las características básicas de cada enfoque. Luego, efectuamos una comparación de las características principales de los enfoques del bienestar a saber: métrica, integración de la dimensión social y criterios distributivos. A continuación, analizamos los marcos teóricos a través de los presupuestos-valor ontológicos, epistemológicos y éticos que integran sus marcos normativos. Por último, exponemos una reflexión final.

1. Enfoques teórico-filosóficos del bienestar

En el ámbito científico-académico, la definición de bienestar es un problema filosófico complejo que no ha encontrado consenso. Esto se puede apreciar en el debate de los distintos enfoques teóricos que se fueron conformando en el último siglo, y que están basados de manera implícita o explícita en tradiciones filosóficas que iniciaron Aristóteles, Bentham o Kant. Las principales corrientes que se han desarrollado en el seno de las ciencias sociales y que en la literatura se reconocen como referentes teóricos son la economía del bienestar, el igualitarismo liberal, el enfoque de las capacidades y el enfoque de las necesidades humanas[2].

En cuanto a la economía del bienestar, asume los supuestos del pensamiento económico neoclásico (enfoque ortodoxo) y posee como base filosófica al utilitarismo bethamiano. Los dos principios fundamentales que la sustentan son la concepción subjetiva de los intereses, es decir, que cada individuo es la única autoridad capaz de determinar lo correcto de sus intereses; y el principio de soberanía privada, que se deduce del anterior e implica que lo que hay que producir, cómo producirlo y cómo distribuirlo estaría determinado por el consumo privado y las preferencias de trabajo de los individuos. Estos dos enunciados justifican la falta de atención que la economía neoclásica le presta al concepto de necesidades, dado que las termina por equiparar implícitamente con las preferencias (Doyal y Gough, 1994: 34-35).

Por lo general, la evolución de esta parte de la economía ortodoxa se divide en vieja economía del bienestar (Pareto y Pigou), nueva economía del bienestar (Bergson, Kaldor, Hicks, Scitovsky, Allais, Samuelson y Little), los denominados “críticos” (Arrow y Harsanyi), y finalmente, la teoría de la elección social. Los aportes teóricos representan un extenso, heterogéneo y divergente abordaje que intenta hallar óptimos de bienestar -o utilidad- por medio de artificios matemáticos. Las contribuciones empíricas se reducen a asimilar que, a mayor nivel de ingresos, mayor será la utilidad.

Con respecto al igualitarismo liberal, este surge a partir de la obra de Rawls (1995a)A Theory of Justice, quien propuso una ética deontológica alternativa a la ética teleológica del utilitarismo dominante; es decir, se presenta como un enfoque heterodoxo del well-being, pero comparte algunas características de la ortodoxia económica. En su obra, defendió la primacía de lo justo por sobre lo bueno y retomó el tratamiento de la denominada justicia distributiva, que había estado ausente del debate filosófico durante casi doscientos años. Esto dio lugar a que surjan una serie de contrapropuestas, ya sea a través de la fusión con la tradición comunitarista (Dworkin, 1981) o bien desde una postura libertaria (Nozick, 1988; Gauthier, 1986). No obstante, nos centraremos en los aportes de Rawls como el precursor de una visión en pos de la conciliación entre los valores de la libertad y la igualdad para la vida democrática.

Por su parte, dentro de las corrientes heterodoxas se encuentra el enfoque de las capacidades que propuso Sen (1980) en la Conferencia Tanner de 1979 titulada “Equality of What?”. Esta perspectiva del well-being surge como alternativa a las métricas utilitarista, bienestarista y rawlsiana. Se basa en evaluar y valorar el bienestar y la obtención de libertad de una persona desde una perspectiva más amplia, y que no esté restringida a su nivel de ingresos o los bienes o recursos que posee o accede, sino lo que consigue realizar con lo que tiene, es decir, aquello que logra hacer o ser realmente[3]. Por lo tanto, se inscribe en un consecuencialismo más amplio y pluralista, donde reconoce que la libertad y los derechos tienen importancia intrínseca en la vida de las personas. Este enfoque lo analizamos tanto desde los aportes de Sen (1980, 1985; 1987; 1995; 1996; 1997; 2000) como de Nussbaum (1999; 2000; 2003).

Por último, y también entre las visiones del well-being, analizamos el enfoque heterodoxo de las necesidades humanas universales. En la literatura se distinguen dos posturas respecto de la definición de necesidad, que marcan una concepción ontológica bien diferenciada. Por un lado, aquella que la entiende como necesidad psicológica, impulso o deseo; por otro lado, como una necesidad objetiva dado que existen ciertos requerimientos que son comunes a todos los seres humanos (Ward y Lasen, 2009). Este razonamiento diferenciador, que tiene como precedente el discurso filosófico de los griegos y particularmente de Platón, fue retomado desde un punto de vista ético-normativo a fines del siglo pasado por Doyal y Gough (1994). Para estos autores las necesidades son universales y se vinculan con la prevención de perjuicios graves. Es decir, estar perjudicado gravemente significa estar básicamente incapacitado en la búsqueda de la visión propia de lo bueno, como también tener una participación social exitosa[4].

En este sentido, presentan un modelo jerárquico de necesidades humanas. A partir de una definición de objetivos universales, se da lugar a ciertas necesidades básicas y luego, como metas derivadas, especifican las necesidades intermedias. Esta concepción posee influencias de Braybrooke, Thompson y Sen, y ciertas similitudes con la perspectiva de Nussbaum. Esta última autora presenta explícitamente un listado de capacidades que tiene puntos en común con las necesidades de Doyal y Gough (Gough, 2003). Si bien los autores reconocen que existen importantes puntos de encuentro, las dos obras fueron escritas de forma independiente.

A partir de esta presentación se pueden reconocer algunas diferencias entre los cuatro enfoques. No obstante, surgen algunos interrogantes a responder: ¿qué consecuencias produce cada métricas y criterio distributivo?, ¿es posible la integración de la dimensión social en todos los enfoques?, ¿en qué se asemejan o diferencian sus marcos normativos?, ¿cuál es el enfoque que tiene en cuenta los ideales de equidad, justicia y libertad sin desmedro de la diversidad humana? Para responder esta serie de preguntas, dividiremos el análisis comparativo en dos secciones. ¿Por qué resulta significativo comparar estas categorías? Porque al desglosar y cotejar los marcos teóricos a través de ambos procedimientos podemos determinar el constructo de bienestar que satisfaga nuestro objetivo.

2. Una comparación de las características principales de los enfoques del bienestar

En esta sección cotejamos aquellas categorías que son transversales a todos los autores, tales como la métrica, la posible integración de la dimensión social y el criterio de distribución/eficiencia del bienestar.

2.1. La métrica del bienestar

En cuanto a la unidad de medida de bienestar que proponen, podemos distinguir entre las siguientes cuatro: utilidad, bienes primarios, funcionamientos/capacidades y necesidades (Tabla 1). En este sentido, la definición de la métrica del bienestar es consecuencia de la base filosófica que adopta la perspectiva. A continuación, exponemos sus principales características:

Tabla 1
Análisis comparativo de las características relevantes de cada enfoque
ENFOQUEMÉTRICADIMENSIÓN SOCIALCRITERIO DISTRIBUTIVO/EFICIENCIA
Economía del bienestarUtilidad (tres acepciones)Inconvenientes de agregación de utilidades individuales- Maximización de la utilidad - Óptimo de Pareto
Igualitarismo liberalBienes primariosContrato social hipotético- Principio de Diferencia
CapacidadesCapacidades, funcionamientosA través de factores sociales y capacidades sociales- Igualdad de Capacidades
NecesidadesNecesidades objetivas y universalesObjetivo de participación social, y dependencia del entorno- Óptimo crítico y de participación - Minimum Optimorum
Fuente: elaboración propia

a) El bienestar como utilidad. El utilitarismo del acto es la base informacional de la economía del bienestar. En su versión clásica, es una forma de consecuencialismo hedonista, que juzga las acciones en términos de cantidad de placer o felicidad obtenida, tal como expresa la frase: "la mayor felicidad para el mayor número de personas” (Bentham, 2000: 99). En este sentido, la ética teleológica definida por el utilitarismo se caracteriza por entender lo que es bueno con independencia de lo justo, considerando secundariamente lo justo como aquello que maximiza lo que es bueno. Este carácter teleológico del utilitarismo resultó ser bastante apropiado ya que la idea de maximizar la utilidad concuerda con la de maximizar el ingreso.

De acuerdo con Sen (1997: 64-68), a lo largo de toda la economía del bienestar se presentan tres acepciones del concepto de utilidad: felicidad, satisfacción del deseo o elección, que estarían asociadas a tres formas de consecuencialismo similar. Estas diferentes interpretaciones no solo llevan a considerar la utilidad como “laxa”, dada la falta de consistencia conceptual que posee a lo largo de toda literatura (Encinar, Cendejas y Muñoz 2003: 9), sino también tiene implicancias en la distribución resultante, tal como detallamos más adelante.

b) Bienes primarios. Rawls los concibe como los bienes que se pueden suponer deseables para todo ser humano racional, sean cuales sean sus deseos más particulares (Rawls, 1995a: 69). Por consiguiente, un reparto equitativo entre ellos es una demanda de justicia. En posteriores revisiones de su obra los precisa con mayor exactitud en cuanto a definición y contenido: “aquellos que las personas necesitan, en tanto que ciudadanos libres e iguales, y como miembros plenos de una sociedad, capaces de colaborar con los otros” (Rawls, 2001: 60).

La lista no taxativa de bienes primarios que propone es la siguiente: libertades básicas, que incluye la libertad de pensamiento y de conciencia, de asociación; libertad de desplazamiento y de elección de ocupación sobre un trasfondo de oportunidades diversas; poderes y prerrogativas de los puestos y cargos de responsabilidad; ingreso y riqueza; bases sociales de respeto a sí mismos (Rawls, 1999: 266-270). Sin embargo, los bienes primarios no consiguen eludir la función de ser medios para alcanzar el bienestar.

c) Funcionamientos o realizaciones -functionings- y las capacidades -capabilities-. La primera expresión representa “las cosas que logra hacer o ser al vivir” una persona, que son partes integrantes de su estado. En cambio, las capacidades son “las combinaciones alternativas que una persona puede hacer o ser al vivir”, es decir, “los distintos funcionamientos valiosos que puede lograr”, entre los cuales puede elegir una colección. Dado que los funcionamientos o logros alcanzados componen el bienestar de una persona, la capacidad para alcanzar los funcionamientos constituirá la libertad de esa persona, es decir, sus oportunidades reales para obtener bienestar. Esta concepción de libertad positiva se diferencia sustancialmente de la noción de los pensadores liberales, como Rawls, que se basan en la idea de libertad negativa[5].

Sin embargo, Sen no ha llegado a enunciar en ninguna de sus obras un listado completo de capacidades o funcionamientos, aunque distingue en términos generales entre los funcionamientos elementales –evitar la morbilidad y la mortalidad, estar adecuadamente nutrido, tener movilidad, etcétera– y los complejos –ser feliz, lograr autorrespeto, alcanzar la autodignidad, integrarse socialmente, aparecer en público sin timidez–.

Frente a esta imprecisión, Desai (2003) propone una lista de capacidades con el objetivo de establecer una medición empírica aplicable para evaluar la pobreza. Nussbaum (1999: 40-42; 2003: 41-42) desarrolla una lista de capacidades humanas centrales a través de un consenso solapado de personas de distinta cultura –debate transcultural académico y de grupos femeninos en India y EEUU–.

En su lista enumera que toda persona debería ser capaz de vivir, tener buena salud, integridad física, sentidos, imaginación y sentimientos, emociones, razón práctica, afiliación, respetar otras especies de la naturaleza, reír, jugar y disfrutar de actividades recreativas, y tener control del propio entorno. Sin embargo, identifica dos capacidades que “organizan y se difunden hacia los demás, haciendo que su búsqueda sea verdaderamente humana” (Nussbaum, 2000: 82). Una de ellas es la afiliación y la otra es la razón práctica. Más adelante, añade una tercera capacidad de importancia primordial: la integridad física.

d) Las necesidades básicas: salud y autonomía. La base filosófica para establecerlas está dada por la obra de Kant, quien “[…] demostró que para que los individuos actúen y sean responsables de sus acciones deben poseer la capacidad, tanto física como mental, de hacerlo” (Doyal y Gough, 1994: 80-81). A partir de aquí identifican lo primero con la salud física y lo segundo con la existencia del nivel más elemental de autonomía individual. Ambas representan aquellas necesidades que deben ser satisfechas en cierta medida antes de que los actores puedan participar en su propia forma de vida para alcanzar cualquier otro objetivo valorado.

Para definirlas recurren a los siguientes argumentos: con respecto a la salud física, consideran una definición negativa de salud -ausencia de enfermedades biológicas-, es decir, que va más allá de la mera supervivencia; en cuanto a la autonomía, representa el elemento clave en esta teoría y la principal influencia kantiana. Esta consiste en la capacidad de formular objetivos y estrategias consistentes que tienen por adecuados a sus intereses y a sus intentos de ponerlos en práctica en las actividades que emprendan. A su vez, agregan que la ausencia de esta capacidad implica no considerarlos moralmente responsables de sus actos[6].

Luego reconocen un nivel superior de autonomía que se define como autonomía crítica. Esta conlleva la participación democrática en el proceso político en cualquier nivel, dado que existe la oportunidad de poner en cuestión y participar en la aceptación o la transformación de las normas de una cultura. Por ende, ello permite el ejercicio de la libertad de acción y la libertad política. Estas aseveraciones tienen cierta relación con la noción rawlsiana de justa igualdad de las libertades políticas.

Aunque las necesidades básicas individuales son universales, la mayoría de los bienes y servicios requeridos para satisfacerlas son culturalmente variables. Por este motivo, los autores definen un conjunto de necesidades intermedias y satisfactores relativos. Las necesidades intermedias cumplen la función de metas de segundo orden de las que se derivan los satisfactores que tienen el carácter de ser con frecuencia relativos a cada cultura y sociedad. Dado que la propuesta es universalista, esta relatividad cultural de los satisfactores está unida a las necesidades universales a través de un puente conceptual denominado “características universales de los satisfactores”. Sin lugar a dudas, ello resulta de una integración del esquema de Sen. Esta noción que introducen Doyal y Gough hace referencia a las propiedades de los bienes, servicios, actividades y relaciones que mejoran la salud física y la autonomía humana en todas las culturas. La excepción parcial a la universalidad de las mismas está dada por las diferencias biológicas que pueden dar lugar a requisitos específicos de características satisfactorias distintas.

El listado de once categorías de necesidades intermedias incluye alimentos nutritivos y agua potable; alojamientos adecuados a la protección contra los elementos; ambiente laboral desprovisto de riesgos; medio físico desprovisto de riesgos; atención sanitaria apropiada; seguridad en la infancia; relaciones primarias significativas; seguridad económica; seguridad física; enseñanza adecuada; y seguridad en el control de nacimientos, en el embarazo y parto. Si bien no existe una línea divisoria nítida, las cinco primeras están relacionadas con la salud física, las cuatro siguientes con la autonomía y las dos últimas con ambas.

2.2. La dimensión social de los enfoques del bienestar

Todos los enfoques estudiados son individualistas por reducir a personas todas las entidades sociales. Sin embargo, ello no necesariamente significa una limitación para integrar la dimensión social. A continuación, analizaremos en cada enfoque la imposibilidad de agregar utilidades individuales; el contrato social hipotético; las capacidades sociales y los factores de conversión; y el objetivo de participación social –Tabla 1–.

a) Para la economía del bienestar ha sido más sencillo definir el bienestar individual que definir el bienestar colectivo. Los denominados bienestarismo y agregación ilícita dan cuenta de algunas divergencias injustas. El primero representa un igualitarismo materialista que atenta contra las diferencias individuales. El segundo, un bienestar colectivo que se deduce de la suma algebraica de utilidades individuales y no considera la distribución. En esta línea, Arrow (1963) enuncia el teorema de imposibilidad, para demostrar que no era posible obtener frecuentemente una función consistente de bienestar social a través de un proceso de votación, aún en el caso en que las preferencias individuales fueran consistentes.

b) Por su parte, Rawls fue modificando la concepción de dimensión social de su teoría a través de los años, con la intención de hacerla más cercana a la realidad. La versión más reciente sostiene la idea de una sociedad bien ordenada vista como una sociedad efectivamente regulada por una concepción pública de la justicia. Para ello debe, antes que nada, dar cuenta del hecho innegable del pluralismo de las sociedades contemporáneas. La realidad de una sociedad plural es el llamado consenso superpuesto, que representa un paso adelante respecto del consenso constitucional simple[7] (Rawls, 1995b).

Sin embargo, en su Teoría de la Justicia, intenta generalizar y llevar a un nivel más elevado de abstracción la teoría tradicional del contrato social ya formulado por Hobbes, Locke, Rousseau y Kant. Mediante la aplicación de un instrumento analítico denominado velo de ignorancia, parte de una posición original que trata de impedir que los individuos busquen ventajas para sí mismos. Es decir, desconocen a qué clase social pertenecen, su fortuna y sus aptitudes naturales. De esta manera, los ciudadanos libres, iguales, mutualmente desinteresados que poseen una racionalidad específica pueden decidir los principios de justicia. Esta propuesta de un alto grado de abstracción genera algunos interrogantes: ¿es posible aplicar a la realidad los principios surgidos de una situación hipotética? En la próxima sección volvemos a analizar este aspecto.

c) El carácter individualista del enfoque de las capacidades ha sido criticado por algunos autores (Deneulin y Townsend, 2006; Nelson, 2004; Gore, 1997). Sin embargo, ello no implica que se prescinda por completo de los aspectos sociales. Las vías por las cuales se introduce esa consideración son dos: al momento de la conversión de bienes en logros, en el que intervienen los factores sociales; y cuando las personas seleccionan funcionamientos a partir de sus propias capacidades se imponen las influencias y limitaciones de las estructuras sociales (Robeyns, 2005: 108).

En particular, Nelson (2004: 314) considera que Sen omite una cuestión central de la condición humana: la afiliación. Esta capacidad, destacada por Nussbaum, se refiere a la conciencia que tiene uno/a de sí mismo/a como un ser relacionado con otras personas y, en general, con el mundo social. En virtud de ello, dado que Sen plantea un enfoque general abierto a precisarlo en análisis particulares, entendemos que la afiliación consolida su idea central al agregar la interconexión de las relaciones interpersonales. Así, por ejemplo, esta categoría analítica daría lugar a incorporar el trabajo como un funcionamiento valioso debido a que es uno de los mecanismos de integración social más importantes en las comunidades en general. Esto tendría un cierto correlato con la visión marxista de incorporar las capacidades al servicio de la producción social y que no queden como los resultados de seres y quehaceres obtenidos del consumo de bienes.

d) Por último, Doyal y Gough plantean desde un inicio la búsqueda de precondiciones universalizables tanto para la acción humana como la participación social. Y avanzan un poco más, dado que sostienen que es imposible que las necesidades individuales sean satisfechas independientemente del entorno social, porque son en sí mismas procesos sociales. Para evitar que el énfasis sobre la autonomía sugiriese una concepción individualizada de la actuación humana, toman de Braybrooke cuatro precondiciones sociales para su realización: producción, reproducción, transmisión cultural y autoridad política (Doyal y Gough, 1994: 113-123).

2.3. El criterio distributivo

En este aspecto, las diferencias entre enfoques también son sustanciales, dado que cada criterio está basado en la presencia de un conjunto de principios morales, con lo cual los resultados tendrán implicancias éticas. Se dirime entre la búsqueda de igualdad, eficiencia o equidad. Los criterios utilizados en cada enfoque son los siguientes: a) óptimo de Pareto o maximización de la utilidad total y, b) principio de diferencia; c) igualdad de capacidades y d) óptimo crítico, óptimo de participación y minimum optimorumTabla 1-.

a) Uno de los principales temas de discusión dentro de la economía del bienestar es el de la posible comparación interpersonal del bienestar, que está ligado a la acepción de utilidad que se adopte -felicidad, satisfacción de deseo o elección-. En este sentido, la redistribución de ingresos se efectuará solamente si aceptamos la mensurabilidad de la utilidad.

Pareto (1945), a partir de su segunda obra, niega la posibilidad de efectuar comparaciones interpersonales de utilidad, logrando prescindir de su medición a través del denominado óptimo de Pareto: una situación en la que nadie puede conseguir un aumento en su ophelimité sin que ello implique disminución en la ophelimité de otro. Las críticas respecto a la validez de este criterio para evaluar situaciones sociales se orientan a su concepción y sus múltiples resultados (Figueras y Moreno, 2006; Kitzberger, 1999).

En cambio, Pigou (1932) acepta la mensurabilidad y considera la redistribución como una forma de aumentar el bienestar social. No obstante, parte de supuestos muy fuertes como la “ley de utilidad marginal decreciente del ingreso” y la “igual capacidad de satisfacción” dentro de cada estrato social (Dobb, 1971: 103-104). Por ende, no tiene en cuenta la diversidad humana ni tampoco sus necesidades.

b) Luego de que Rawls define la posición original, entiende que los individuos racionales que se encuentran en un contexto de incertidumbre elegirán cuales son los criterios distributivos más justos –justicia procedimental–. Por ello, establece el principio de diferencia una vez que se cumple la igual libertad y la igualdad de oportunidades[8]: “la estructura básica es justa en todas sus partes cuando las ventajas de los más afortunados promueven el bienestar de los menos afortunados” (Rawls, 1999: 265). Estos resultados distributivos aprueban tácitamente las desigualdades económicas, pero, a diferencia de los criterios utilitaristas, condiciona la mejor posición económica de los más aventajados siempre y cuando beneficie al individuo representativo de los menos favorecidos. Es decir, al distinguir por estratos mantendría el supuesto de “igual capacidad de satisfacción”.

c) En cambio, Sen considera la igualdad de capacidades como un criterio de justicia distributiva. Una de las contribuciones más importantes de este autor es la distinción entre espacios evaluativos del bienestar, que incluyen los bienes, las características de esos bienes, los funcionamientos y las capacidades. Dado que cada ser humano es único -diversidad humana-, la dotación de bienes entre personas será desigual para que puedan alcanzar el mismo bienestar. Esta constituye una diferencia notable con Rawls.

d) Por último, Doyal y Gough utilizan tres criterios: óptimos crítico, óptimo de participación y minimum optimorum. El primero implica que los niveles de salud y autonomía son tales que el individuo “es capaz de optar por las actividades en las que desee tomar parte dentro de su propia cultura, posee las aptitudes cognitivas, anímicas y sociales para hacerlo y tiene acceso a los medios que le permitirán adquirir dichas aptitudes”. El segundo se distingue porque el óptimo de salud y autonomía es tal que “el individuo puede formular los objetivos e ideas necesarios para juzgar su forma de vida, participar en un proceso político encaminado a tal fin y, si lo desea, adoptar otro tipo de cultura” (Doyal y Gough, 1994: 205). Por último, presentan el minimum optimorum como criterio relacional entre las metas de segundo y primer orden y lo enuncian de la siguiente manera: “la proporción mínima de satisfacción intermedia de necesidades que requiere el logro del nivel óptimo de satisfacción de necesidades básicas medidas en términos de salud física y autonomía del individuo” (Doyal y Gough, 1994: 208).

2.4. Algunas reflexiones preliminares

Esta primera parte del análisis comparativo pone en evidencia un conjunto de restricciones de la economía del bienestar y del igualitarismo liberal que no permiten obtener un marco coherente con el objetivo planteado en el inicio. Al analizar la métrica del bienestar, tanto la utilidad como los bienes primarios resultan insuficientes para valorar el bienestar y la libertad de una persona, debido a que están restringidos a solo una parte de ello, o bien comprenden los medios que las personas poseen o acceden para obtenerlo. Esas diferencias nos son triviales, dado que la definición misma de bienestar que se adopte da cuenta del alcance que tiene el concepto de libertad implicado.

En este sentido, las necesidades y las capacidades representan una noción de libertad positiva, es decir, acerca de la capacidad de ser y hacer de las personas. No obstante, nos surge una pregunta: ¿cuál es la métrica más adecuada?, ¿necesidades o funcionamientos/capacidades? Al respecto, destacamos la preeminencia de la propuesta de Sen por su contribución a la evaluación del bienestar al diferenciar entre espacios evaluativos. Esto no significa que la noción de necesidades deba ser totalmente desechada. Hay propuestas que ponen de relieve en la existencia de una cierta relación de dependencia entre capacidades y necesidades, situando ambos conceptos como complementarios y no sustitutivos (Alkire, 2005; Desai, 2003; Boltvinik, 2003a).

Por otra parte, los funcionamientos senianos se pueden corresponder con el concepto de necesidades básicas de Doyal y Gough. Por lo tanto, si el objetivo de las necesidades básicas es dotar a las personas de la oportunidad de una vida plena, entonces tanto las necesidades satisfechas como los funcionamientos transitan por sendas que nos acercan a destinos muy similares, ya sea la autonomía o bien la libertad de elegir.

Asimismo, la economía del bienestar no logra obtener una función de bienestar social consistente, y el igualitarismo liberal lo deja redimido a instrumentos hipotéticos que quedan en el más absoluto nivel de abstracción. En cambio, Sen, Nussbaum y Doyal y Gough incorporan de manera diferencial factores sociales, por lo que reconocen al ser humano pleno como un ser activo que participa en la sociedad. Estos enfoques encuentran sustento en la caracterización de los seres humanos por parte de autores clásicos (Durkheim, 2002; Dewey, 1991) y otros que adhieren a esos pensamientos (Azevedo, 1973; Bagú, 1970). Para estos pensadores, el ser humano está integrado por el ser individual, ligado a su naturaleza biopsíquica, y el ser social, en referencia al ser moral empíricamente observable, la sociedad, que es para el individuo su medio permanente. De acuerdo con esta visión, el individuo es un ser eminentemente social, surgido de la implicación recíproca entre el individuo y la sociedad. Durkheim (2002) relaciona estas dimensiones argumentando que lo moral es indisoluble de lo social, dado que no hay moralidad en el plano individual, tan solo en cuanto tiene que ver con los intereses colectivos.

Por último, los enfoques de las capacidades y de las necesidades resultan superadores de los anteriores no solo por el realismo de los supuestos implicados, sino también por las consecuencias éticas de la distribución resultante del criterio utilizado.

Para complementar este análisis, en la siguiente sección efectuamos la comparación de los marcos teóricos a través del estudio de los presupuestos que conforman su marco normativo.

3. Análisis comparativo del marco normativo de cada enfoque: presupuestos ontológicos, éticos y epistemológicos.

El marco teórico global, en particular el marco normativo, es constitutivo del mundo que estudia. En este sentido, el análisis de un hecho o constructo económico-social estará condicionado por el mismo (Gómez, 2002). De acuerdo con este autor, el marco normativo está formado fundamentalmente por tres tipos de presupuestos-valores: ontológicos, acerca de cómo se concibe o asume el orbe de lo que se está estudiando; epistemológicos, la forma que tienen los autores de comprender la producción de conocimiento científico y las formas de su validación; y éticos, los que se refieren a la moral y actos humanos. Entre estos presupuestos hay una relación débil que no se debe reducir a alguna relación ni de consecuencia lógica ni de presuposición: uno no es consecuencia del otro, pero uno tiene sentido o es consistente con el supuesto del otro.

Esta forma de análisis permite comparar teorías bajo el argumento de la no neutralidad valorativa de la ciencia. Este argumento lo referimos fundamentalmente al contexto de justificación, y no solo a los de descubrimiento, prosecución y aplicación. Asimismo, los valores que integra son tanto cognitivos como no cognitivos, siendo los primeros universales y los segundos relativos a determinados contextos.

3.1. Los presupuestos ontológicos

Un aspecto compartido por los distintos enfoques es el individualismo ontológico, dado que presupone que todas las entidades sociales pueden ser identificadas por la reducción a personas y sus propiedades. Sin embargo, cada uno presenta características diferenciadoras –tabla 2–.

La economía del bienestar, y principalmente la vertiente paretiana, considera que los individuos egoístas, al producir de acuerdo con sus necesidades, obedecen inconscientemente a mandatos de una ley natural y, a su vez, que el mundo se encuentra ordenado por un comportamiento racional. La base formal es el análisis económico de Edgeworth, que está basado en un modelo de contratos celebrados entre individuos egoístas e idénticos. En otras palabras, en este marco, el orden económico-social es el resultado de un proceso de selección darwiniano, que significa una legitimación natural de lo social.

En la concepción de Rawls se configuran a los individuos como ciudadanos libres e iguales, y como miembros plenos de una sociedad capaces de colaborar con los otros. No obstante, en la posición original ese individualismo liberal está impregnado de una racionalidad abstracta, que consigue un contrato social imposible de aplicar a la realidad.

Por su parte, Sen incorpora un presupuesto que lo diferencia sustancialmente del resto de los enfoques. Entiende que cada persona es distinta, única –diversidad humana–. Su enfoque prescinde y critica la racionalidad económica de las personas, tal como la concibe el utilitarismo y el igualitarismo liberal.

Por último, Doyal y Gough se diferencian de las posturas atomistas al considerar la existencia de un orden social plural. En este sentido, la búsqueda de la visión propia de lo bueno está dada en un contexto de participación social. Esto presupone la imposibilidad de satisfacer las necesidades individuales con independencia del entorno social –reciprocidad entre individuos y grupos sociales–. Asimismo, el hecho de que las necesidades básicas sean universales no implica que los seres humanos sean iguales. Las características de los bienes y servicios requeridos para satisfacerlas son relativas a ciertos grupos de personas y a cada cultura.

En este sentido, el individualismo ontológico de los dos últimos enfoques se distingue sustancialmente del resto, dado que sus juicios sobre la realidad social incluyen a personas que participan en ella, sin aludir a ningún tipo de racionalidad abstracta ni instrumental, lo que quiere decir que estas perspectivas permiten evaluar el bienestar de las personas que viven en sociedad prescindiendo de presupuestos que configuran el orbe de un modo ideal y absoluto.

3.2. Los presupuestos epistemológicos

El individualismo metodológico está presente en todas las perspectivas teóricas, al considerar de forma explícita que todo puede ser explicado en referencia a las personas. No obstante, cada enfoque se diferencia de manera radical en la forma de validar su conocimiento científico, debido principalmente a las características propias de la métrica implicada.

En el caso de la economía del bienestar, se pueden apreciar tres cuestiones que debilitan su contenido epistemológico. La primera es la racionalidad de los agentes, que en el marco neoclásico se la supone como meramente instrumental. Ello indica que actuar racionalmente involucra solamente una mera relación entre medios y fines. La segunda es la imposibilidad de elaboración de una función matemática de bienestar social a partir de preferencias individuales. Y la tercera es el supuesto de igual capacidad de satisfacción, que puede desencadenar en resultados indeseables.

En similar sentido, en Rawls encontramos tres aspectos a destacar. Por un lado, condiciona el concepto de racionalidad –en el sentido estrictamente tradicional de la teoría económica– al de razonabilidad. La pregunta sería por qué es razonable que se elija un principio maximin y no un minimax. Por otro lado, unido a lo anterior, los principios de justicia surgen a partir de un instrumento analítico –el velo de ignorancia–. Un contrato social hipotético nunca puede llegar a ser el mejor mecanismo para determinar los principios de justicia en el mundo real. De acuerdo con Sen (2011: 38), al objetar la propuesta de Rawls sostiene que “el institucionalismo trascendental se dedica de manera primaria a hacer justas las instituciones, por lo cual no se ocupa directamente de las sociedades reales”. Una sociedad puede resultar de un marco institucional determinado, pero también del comportamiento real de la gente y sus interacciones sociales.

Por último, al momento de aplicar el principio de diferencia, presupone la existencia de un individuo representativo del sector más desfavorecido. Esta simplificación atentaría contra la diversidad humana, dado que se generaliza un patrón esperado de bienes primarios hacia el resto de personas en desventaja.

En cambio, el enfoque de las capacidades se diferencia al presuponer que una determinada dotación de bienes será transformada de distinta manera por cada persona, superando la debilidad utilitarista de la comparación interpersonal. Por su parte, Nussbaum, considera un consenso social solapado para la determinación de las capacidades humanas centrales. Esto presupone que las capacidades se determinan de manera inductiva, partiendo de la observación directa de las distintas culturas, lo que permite obtener un enfoque a partir de situaciones reales.

En similar sentido, Doyal y Gough consideran que las necesidades intermedias son imprescindibles para lograr las necesidades básicas universales y que los satisfactores son relativos a cada cultura. Para validar estas categorías se basan en la complementariedad entre el conocimiento técnico/científico y el antropológico. Esto representa un esfuerzo intelectual que se ve plasmado en el listado de necesidades, similar al de las capacidades humanas de Nussbaum.

3.3. Los presupuestos éticos

Otro aspecto compartido es el individualismo ético, que postula que en la evaluación de los diferentes estados de los asuntos sociales solo nos interesan los efectos -directos e indirectos- de los mismos sobre las personas. No obstante, en cada enfoque se presentan especificidades que distinguen sustancialmente la concepción de la moral y los actos humanos.

En el utilitarismo clásico se juzgan las acciones en términos de placer o felicidad obtenida –consecuencialismo hedonista–. En la versión bethamiana se identifica el bienestar colectivo como la suma algebraica de utilidades individuales sin tomar en cuenta la manera en la que están distribuidas. Ello presupone que las desigualdades son inevitables, dado que son el resultado del libre juego de oferta y demanda, lo cual atenta contra la equidad.

Por su parte, el igualitarismo liberal está basado en una ética deontológica que le otorga prioridad a lo justo sobre lo bueno. Lo justo es entonces lo universalmente exigible, por racional, mientras que lo bueno depende en última instancia de cada persona o grupo social. Sin embargo, dado que la métrica asumida son los bienes primarios y éstos representan medios para acceder al bienestar, tal concepción de lo justo se debilita al realizar las comparaciones interpersonales. Estas implicancias se ven agravadas ante el hecho de que Rawls parte de un marco de análisis que denomina “normal”, dejando afuera a las personas con discapacidad.

El enfoque de las capacidades, a diferencia del utilitarismo, se inscribe en un consecuencialismo amplio y pluralista, donde reconoce que la libertad y los derechos tienen importancia intrínseca en la vida de las personas. Esta valoración moral presupone que las ventajas de las personas son juzgadas por la amplitud y extensión de la libertad, y no por los bienes o su utilidad. Nussbaum deriva las capacidades desde la concepción seniana y la identificación de esferas de la experiencia humana –visión neoaristotélica–. El punto de contacto entre ambos autores es que colocan el fin de las acciones humanas en cada individuo una carga normativa que parte de una concepción ética en donde las personas son los sujetos últimos de preocupación moral.

Doyal y Gough parten de un razonamiento ético al distinguir entre necesidades y deseos. Vinculan las primeras con la prevención de perjuicios graves y los segundos a las preferencias individuales y entorno cultural. Asimismo, las necesidades se presentan en un contexto de participación social que podemos denominarlo como de “solidaridad orgánica”, aludiendo al término que acuñara Durkheim (1987: 131).

Tabla 2
Análisis comparativo de los presupuestosvalor que componen el marco normativo de cada enfoque
ENFOQUEPRESUPUESTOS VALOR
ONTOLÓGICOSEPISTEMOLÓGICOSÉTICOS
Economía del bienestar-Individuos egoístas - Orden natural- Igual capacidad de satisfacción - Racionalidad instrumental (medios-fines)- Consecuencialismo restringido a la acepción de utilidad (utilitarismo del acto) - Ética teleológica
Igualitarismo liberal- Ciudadanos libres e iguales - Mundo idealizado- Racionalidad instrumental y razonabilidad - Principios de justicia abstractos - Individuo representativo- Ética deontológica - Bienes primarios = medios
Capacidades- Reciprocidad entre individuos y sociedad - Orden social plural - Diversidad humana- Diferencias en la transformación de bienes a funcionamientos (Sen) - Consenso solapado (Nussbaum)- Consecuencialismo amplio y pluralista
Necesidades- Validación de categorías analíticas: conocimiento científico y antropológico.- Razonamiento ético-normativo (deseos ≠ necesidades). - Necesidades básicas universales.
Fuente: elaboración propia

4. Reflexión final

En este análisis realizamos una doble comparación entre enfoques que nos permitió inferir sobre las ventajas de las propuestas de Sen, Nussbaum y Doyal y Gough. En rigor, estos marcos teóricos se encuentran en línea con los ideales de equidad, justicia y libertad sin desmedro de la diversidad humana, y consideran a las personas como participantes activos del proceso de desarrollo. De hecho, el constructo de bienestar que conciben es amplio e integral, lo cual se ve reflejado en los presupuestos ontológicos, epistemológicos y éticos que conforman el marco normativo.

Sin embargo, también presentan algunas limitaciones. En principio, Sen parte de que los funcionamientos/capacidades se derivan únicamente del consumo de bienes –también denominadas capabilities económicas (Boltvinik, 2007: 67)– y no avanza en un listado concreto de componentes. Ambas restricciones son superadas por las otras dos perspectivas. Nussbaum considera un consenso social solapado para la determinación de las capacidades humanas centrales. Doyal y Gough validan su listado en la complementariedad entre el conocimiento técnico-científico y el antropológico. Asimismo, la propuesta de Doyal y Gough resulta limitada al considerar tan solo dos necesidades como básicas, y las once restantes en un segundo orden como necesidades intermedias. Nussbaum presenta un listado de diez capacidades correalizables de vital importancia y de componentes por separado, ya que no se puede satisfacer la necesidad de uno de ellos al dar una mayor cantidad de otro.

Asimismo, la propuesta de Nussbaum y la de Doyal y Gough tienen la influencia de Sen. De hecho, Sen estaría dando un marco general a partir del cual se pueden elaborar listas de funcionamientos/capacidades para cada contexto social en particular. De esta manera, se podrían generar listados ad hoc a partir de un concepto de logro de bienestar más amplio, es decir, como una realización que no se encuentre sesgada al consumo de bienes. En concreto, haría referencia a aquello que una persona consigue hacer, ser o estar y que es fundamental tanto para su ser individual como para su implicación recíproca con la sociedad. Como afirma Jiménez-Castillo (2016), el enfoque de las capacidades consigue fusionar de manera analítica el universalismo de las teorías contemporáneas de desarrollo sin negarse al pluralismo que demandan las corrientes más posdesarrollistas.

En definitiva, esto llevaría a una reformulación del rol de los objetivos de política económica, dado que al poner a las personas en el centro de la escena se dejaría de considerar al crecimiento como un fin en sí mismo. Es decir, sería un medio para que las personas de las diferentes culturas puedan ser, estar y hacer en la vida aquello que valoren y tengan razones para hacerlo.

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[1] La teoría del posdesarrollo surgió entre los años ochenta y noventa, y sostiene que tanto la noción como la práctica del desarrollo son un reflejo de la idea de un mundo único bajo la hegemonía de ciertas concepciones de la racionalidad, el individuo, la ciencia, el mercado y la economía (Escobar, 2012).

[2] En los últimos años también han proliferado los estudios del bienestar subjetivo, en particular los de la felicidad y la satisfacción con la vida. No obstante, siguiendo a siguiendo Diener (1994), no los consideramos en este estudio debido a que la forma en que los distintos tipos de bienestar subjetivo se relacionan mutuamente es una cuestión empírica y no de definición.

[3] La preocupación de Sen por el origen de la desigualdad social se encuentra también en la obra de Marx. En parte, el criterio de asignación y distribución de los recursos sostenido en la Crítica al Programa de Gotha que dice “¡de cada cual según sus capacidades; a cada cual según sus necesidades!” (Marx, 2000: 28-29) es el fundamento filosófico de las categorías senianas libertad, capacidad y agente. Más allá de esta influencia, este artículo no aborda la discusión de las tradiciones socialistas respecto al objeto de estudio.

[4] Otra de las propuestas alternativas dentro del enfoque de las necesidades, es el Desarrollo a Escala Humana de Max Neef, Elizalde y Hopenhayn (1986). Esta concepción pone en tela de juicio el eje de la definición de economía neoclásica de Robbins con respecto a que las necesidades humanas que tienden a ser infinitas. En este sentido, realizan una diferenciación sustancial entre necesidades, satisfactores y bienes. Si bien el aporte de este enfoque es sustantivo por ser una de las alternativas al modelo de desarrollo occidental, por razones de espacio nos centraremos en analizar comparativamente el enfoque de las necesidades de Doyal y Gough. Tengamos presente que este último surgió como alternativa al pensamiento hegemónico de la nueva derecha, que entiende las necesidades como preferencias (Boltvinik, 2003b). Asimismo, entre Sen, Max Neef et al., y Doyal y Gough hay algunas coincidencias a saber: la diferenciación entre necesidades y satisfactores, la noción de potencialidad y, aunque con algunos matices, el reconocimiento de la diversidad humana.

[5] La idea de “libertad negativa” corresponde con la ausencia de interferencias con la esfera de la acción personal; mientras que la “libertad positiva” alude al poder o dominio individual efectivo sobre sí mismo y sobre su entorno (Berlin, 2002).

[6] El concepto de autonomía es equivalente al de agencia seniana, dado que es una condición previa para que el individuo pueda considerarse, por sí mismo o por otro, capaz de hacer algo y responsable para hacerlo.

[7] Rawls propone dos nociones diferentes de pluralismo, en base a la clasificación propuesta por Cohen: pluralismo simple, donde coexisten numerosas posiciones –razonables o no–; pluralismo razonable, al que sólo a través de una lenta evolución política y moral puede llegarse. El pasaje de uno a otro se da a través de un acuerdo superficial acerca de los principios políticos organizativos básicos de una sociedad: el consenso constitucional. Sin embargo, en la realidad de una sociedad plural se da un consenso superpuesto. Se trata en este caso de una pluralidad de doctrinas comprehensivas razonables, plausibles de persistir y sumar adherentes a lo largo del tiempo, en el marco de una estructura básica justa (Rawls, 1995b).

[8] La formulación exacta de los principios de justicia es la siguiente (Rawls, 1999: 265): 1) Toda persona comprometida en una institución o afectada por ella, tiene el mismo derecho a la más extensa libertad compatible con igual libertad para todos (principio de igual libertad); 2.a) Las desigualdades que la estructura institucional define o promueve son arbitrarias, salvo que se justifique esperar que ellas van a redundar en beneficio de todos y b) siempre que los puestos y cargos a los cuales van conectadas, o de los cuales se pueden derivar, estén abiertos a todos (siendo 2.a el principio de diferencia y 2.b el principio de oportunidades equitativas). Rawls establece una regla lexicográfica para priorizar estos principios. Así, el primer principio tiene prioridad lexical sobre el segundo. En cambio, la cláusula b tiene prioridad sobre la cláusula a.

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Notas

[1] La teoría del posdesarrollo surgió entre los años ochenta y noventa, y sostiene que tanto la noción como la práctica del desarrollo son un reflejo de la idea de un mundo único bajo la hegemonía de ciertas concepciones de la racionalidad, el individuo, la ciencia, el mercado y la economía (Escobar, 2012).
[2] En los últimos años también han proliferado los estudios del bienestar subjetivo, en particular los de la felicidad y la satisfacción con la vida. No obstante, siguiendo a siguiendo Diener (1994), no los consideramos en este estudio debido a que la forma en que los distintos tipos de bienestar subjetivo se relacionan mutuamente es una cuestión empírica y no de definición.
[3] La preocupación de Sen por el origen de la desigualdad social se encuentra también en la obra de Marx. En parte, el criterio de asignación y distribución de los recursos sostenido en la Crítica al Programa de Gotha que dice “¡de cada cual según sus capacidades; a cada cual según sus necesidades!” (Marx, 2000: 28-29) es el fundamento filosófico de las categorías senianas libertad, capacidad y agente. Más allá de esta influencia, este artículo no aborda la discusión de las tradiciones socialistas respecto al objeto de estudio.
[4] Otra de las propuestas alternativas dentro del enfoque de las necesidades, es el Desarrollo a Escala Humana de Max Neef, Elizalde y Hopenhayn (1986). Esta concepción pone en tela de juicio el eje de la definición de economía neoclásica de Robbins con respecto a que las necesidades humanas que tienden a ser infinitas. En este sentido, realizan una diferenciación sustancial entre necesidades, satisfactores y bienes. Si bien el aporte de este enfoque es sustantivo por ser una de las alternativas al modelo de desarrollo occidental, por razones de espacio nos centraremos en analizar comparativamente el enfoque de las necesidades de Doyal y Gough. Tengamos presente que este último surgió como alternativa al pensamiento hegemónico de la nueva derecha, que entiende las necesidades como preferencias (Boltvinik, 2003b). Asimismo, entre Sen, Max Neef et al., y Doyal y Gough hay algunas coincidencias a saber: la diferenciación entre necesidades y satisfactores, la noción de potencialidad y, aunque con algunos matices, el reconocimiento de la diversidad humana.
[5] La idea de “libertad negativa” corresponde con la ausencia de interferencias con la esfera de la acción personal; mientras que la “libertad positiva” alude al poder o dominio individual efectivo sobre sí mismo y sobre su entorno (Berlin, 2002).
[6] El concepto de autonomía es equivalente al de agencia seniana, dado que es una condición previa para que el individuo pueda considerarse, por sí mismo o por otro, capaz de hacer algo y responsable para hacerlo.
[7] Rawls propone dos nociones diferentes de pluralismo, en base a la clasificación propuesta por Cohen: pluralismo simple, donde coexisten numerosas posiciones –razonables o no–; pluralismo razonable, al que sólo a través de una lenta evolución política y moral puede llegarse. El pasaje de uno a otro se da a través de un acuerdo superficial acerca de los principios políticos organizativos básicos de una sociedad: el consenso constitucional. Sin embargo, en la realidad de una sociedad plural se da un consenso superpuesto. Se trata en este caso de una pluralidad de doctrinas comprehensivas razonables, plausibles de persistir y sumar adherentes a lo largo del tiempo, en el marco de una estructura básica justa (Rawls, 1995b).
[8] La formulación exacta de los principios de justicia es la siguiente (Rawls, 1999: 265): 1) Toda persona comprometida en una institución o afectada por ella, tiene el mismo derecho a la más extensa libertad compatible con igual libertad para todos (principio de igual libertad); 2.a) Las desigualdades que la estructura institucional define o promueve son arbitrarias, salvo que se justifique esperar que ellas van a redundar en beneficio de todos y b) siempre que los puestos y cargos a los cuales van conectadas, o de los cuales se pueden derivar, estén abiertos a todos (siendo 2.a el principio de diferencia y 2.b el principio de oportunidades equitativas). Rawls establece una regla lexicográfica para priorizar estos principios. Así, el primer principio tiene prioridad lexical sobre el segundo. En cambio, la cláusula b tiene prioridad sobre la cláusula a.
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